Diferencias entre minería artesanal, informal e ilegal

La Ley 27651 “ Ley de Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal ” fue promulgada en el año 2002 establece que:
  • Reconoce e incorpora al minero artesanal en la legislación minera peruana.
  • Define sus características de estratificación.
  • Establece los procedimientos tendientes a su formalización, desarrollo y consolidación.
  • Establece las condiciones de cuidado ambiental.
  • Cada nivel o estrato en la minería tiene Titulo Minero
  • Deben adecuarse a la ley presentando: Declaración de Impacto Ambiental, Evaluación de Impacto Ambiental semi detallado, Certificación de Operación Minera
  • Cumplir con las normas de seguridad, higiene y ambiental

Clasificación de la minería en el Perú Según ley 27651
Estrato Tamaño de concesiones Capacidad productiva (Metálico) Capacidad productiva (No Metálico)
Gran Minería Mas de 2000 has Mas de 5000 TM/dia

Mediana Minería Mas de 2000 has Hasta 5000 TM/dia

Pequeña Minería Hasta 2000 has Hasta 350 TM/dia Hasta 1200 TM/dia
Minería artesanal Hasta 1000 has Hasta 25 TM/dia Hasta 100 TM/dia

Anteriormente a la ley indicada, no había ninguna norma que hiciera referencia a la minería artesanal, donde el marco minero solo concebía a la minería en empresas grandes con gran capacidad de inversión y el uso de tecnología para generar muchos puestos de trabajo.

La diferencia entre la minería pequeña o artesanal y una informal es el respeto a las instituciones del estado y sus procedimientos, es decir, cumplir con las normas tributarias, ambientales, operativas. En muchos casos, el movimiento de material que realizan los mineros informales es mucho mayor que el de una pequeña minería con todo el impacto que esto conlleva. En los últimos años existen esfuerzos gubernamentales para formalizar a los mineros informales y con ello integrarlos en el aparato productivo nacional.

Además, en el Perú existe una equivocación o mal uso de los términos “minería ilegal” y “minería informal”, existiendo diversas definiciones pero principalmente se puede definir a la minería ilegal como actividad minera que no cumplen con las normas administrativas, técnicas, social y ambientales ubicándose en zonas no autorizadas para su ejercicio. La minería informal tiene características de minería ilegal pero es realizada en zonas autorizadas para la actividad minera y/o están en tramites de formalización.

Referencias

  1. http://www.unep.org/chemicalsandwaste/Portals/9/Mercury/Documents/ASGM/Presentations_Forum/Day%202/la_mineria_artesanale_en_el_perupdf.pdf
  2. http://www.legislacionambientalspda.org.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=433&Itemid=3508
  3. http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/647631DD72D0F4E205257A4D005A2409/$FILE/Manual-para-entender-la-peque%C3%B1a-miner%C3%ADa.pdf
  4. http://www.iimp.org.pe/website2/publicaciones/EstudioIIMP3_MineriaIlegal.pdf




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